Los estudiosos de la historia de la educación dominicana han
sido reiterativos en que este se inicia a partir de la época de la colonia
española, en el convento de la Orden de San Francisco en el año 1502. Al
respecto escribe el Profesor Víctor Encarnación: “En la isla de Santo Domingo,
la educación formal tiene sus inicios desde los primeros días de la Colonia (…)
Es posible que la enseñanza formal o escolarizada se iniciara en el año 1502 en
un colegio fundado por Fray Hernán Suárez, en el convento de la Orden de San
Francisco en la ciudad de Santo Domingo, por orden del gobernador Fray Nicolás
de Ovando”.
El gobernador Ovando actuaba por mandato de la Cédula Real
del 1500, que le ordena construir una casa con fines escolares. El currículo
básico comprendía clases de: lectura, escritura, cálculo y doctrina cristiana.
Para el año 1538 se crea la primera universidad del nuevo
mundo. Regenteada por frailes dominicos desde el año 1518.
El insipiente sistema educativo permaneció sin variaciones
importantes hasta la fundación de la república en el año 1844, cuando Don
Manuel Aybar abre la primera escuela en su propia casa. Este profesor amplía el
currículo a la enseñanza de gramática castellana, aritmética y teneduría de
libros. A partir de entonces la enseñanza viene a regirse por normas legales
establecidas según la visión política de los gobernantes de turno. Así nace la
primera Ley Orgánica de Instrucción Pública del 12 de mayo del 1845, que
establece una escuela por cada Común y dos en cada cabecera de Provincia. Don
Tomás Bobadilla fue el primer ministro de instrucción pública.
La Doctora Jenny Torres, directora de investigaciones del
Centro Juan Montalvo, sitúa “el inicio de la educación como sistema en el año
1846, con la promulgación de la Ley de Instrucción Pública No. 33, que dio
lugar al establecimiento de las escuelas públicas en los niveles primario y
superior”.
En 1855 se dicta otra ley similar, según la Doctora Torres.
Según el Profesor Víctor, la constitución de mayo de 1877
significó la consolidación del sistema educativo, pues ella establece la
obligación del Estado de promover la educación pública, el progreso de las
ciencias y de las artes, y la enseñanza primaria gratuita”.
Expulsado Eugenio María de Hostos del país se promulga una
nueva ley de instrucción pública en 1866, que viene a suplantar la educación
hostosiana, más en lo formal que en lo esencial.
Durante el período de la Primera Intervención Norteamericana
(1916-1924) se sustituye la Ley General de Instrucción Pública vigente que
fuera promulgada durante el gobierno del presidente Ulises Heureaux (Lilis) el
25 de junio del 1895, por la Orden Ejecutiva No. 145, del 5 de abril de 1918,
la cual establece las siguientes legislaciones:
Ley Orgánica de Enseñanza Pública.
Ley para la Dirección de la Enseñanza Pública.
Ley General de Estudios.
Ley para la Enseñanza Universitaria.
Ley sobre el Seminario Conciliar.
Ley de Instrucción Obligatoria.
Este cuerpo legislativo constituye, según los invasores “el
único código de educación de la República Dominicana”, derogándose con ello el
código de 1914.
De la ocupación militar norteamericana se salta al período
trujillista, donde, según el decir de Fiallo y Germán, “el espacio escolar
adquirirá la dimensión de un rito diario” al caudillo.
Durante este período se promulgan las siguientes leyes:
Ley 144 del 5 de junio del 1931, que establece que cada año
en un lapso de seis años, en el mes de agosto, se concedía a los
maestros sin títulos una prueba para calificarlos con un certificado y su
posterior designación.
Ley 418 del 5 de diciembre del 1932, concebida como una
nueva ley general de estudios.
Ordenanza 508-37, referida a la formación de maestros/as.
Ley 543 del 1941, que da inicio a una Campaña Nacional de
Alfabetización.
Ordenanza 842-50 del 28 de septiembre del 1950, que
establece nuevos planes de estudios para la educación primaria, intermedia,
secundaria y el magisterio.
Ley Orgánica de Educación 2909 del 5 de junio del 1951, que
plantea la base de la educación dominicana: su estructura, contenido; la divide
en pública y privada. Establece los niveles, excluye la educación universitaria
y se torna obligatoria la enseñanza primaria pública, y a la vez gratuita.
Ley 3644 del 23 de septiembre del 1953, que incorpora la de
religión en las escuelas públicas.
Resolución No. 3874 del 16 de junio del 1954, emanada del Congreso Nacional, mediante la cual se aprueba un ACUERDO entre la Santa Sede (Estado del Vaticano) y el Estado Dominicano (Concordato), que establece la enseñanza de la religión y moral católica en todos los niveles de la educación estatal.
Ordenanza 920-54 del 4 de noviembre del 1954, que reforma el
plan de estudios de las escuelas normales superiores.
Resolución No. 1026-59 del 30 de abril del 1959, que pone la
ejecución un Plan de Capacitación y Perfeccionamiento del Magisterio
Nacional en ejercicio.
Durante el gobierno títere del Doctor Joaquín Balaguer fue
promulgada la Ley 5778 del 31 de diciembre del 1961, dotando a la Universidad
de Santo Domingo de AUTONOMÍA y el FUERO UNIVERSITARIO, el cual fue
suprimido tres años después por el gobierno del Triunvirato mediante la Ley 292
del 12 de diciembre del 1964.
Durante estos treinta años el país tuvo múltiples gobiernos,
aunque el período más largo lo encabeza Balaguer y sus doce y diez años.
Las principales legislaciones han sido:
Ordenanza 2-69 del 4 de marzo del 1969, que establece un
nuevo plan de estudios para la educación media nacional.
Ordenanza 1-70, que procura el desarrollo integral del
estudiante del Nivel Medio, dividiendo en dos ciclos, de cuatro y dos años el
este nivel.
Ordenanzas 1-76 y 1-77, con el objetivo de aumentar la
cobertura de la enseñanza primaria y mejorar la calidad de la educación, sobre
todo en el ámbito rural.
Sobre los cimientos de la educación post-trujillista
llegamos hasta los años noventa, donde a partir de un gran esfuerzo
y consenso de la comunidad educativa y las instituciones civiles
del país se intenta reorientar la educación por los senderos de un sistema
eficiente y eficaz a las demandas de la realizad de esta época. Así nace el
primer Plan Decenal de Educación 1992 – 2002. Este instrumento
educativo fue puesto en vigencia por medio de una serie de legislaciones y
acciones, a saber:
Ordenanza 1-95, que establece el currículo para la educación inicial, básica, media, especial y de adultos a partir del año escolar 1995 – 1996.
Ordenanza 1-96, que establece el sistema de evaluación del
currículo de la educación inicial, básica, media, especial y de adultos.
Ley 66-97 del 9 de abril del 1997, para regular el renovado
sistema educativo nacional: Los propósitos y fines de la educación se enfocan
en los educandos.
Ordenanza 3-99, que modifica varios artículos de la
Ordenanza 1-95 para introducir varias asignaturas.
Plan Estratégico de Desarrollo de la Educación 2003 – 2012.
Este Plan a diez años procura continuar con un sistema con políticas educativas
definidas y a largo alcance, pero fue descontinuado en el año 2006 por las
nuevas autoridades educativas, que eran de otro partido político.
Plan Decenal de Educación 2008 – 2018, que pretende
reorientar la educación, en especial haciendo énfasis en el cumplimiento del
calendario escolar y una mayor calidad de la educación. Sobre las pretensiones
de este Plan opina la Doctora Jenny Torres que “enfrenta muchísimos problemas, incluyendo de financiamiento”.





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